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  • Empresas tendrán más facilidades para cobrar subsidios de Essalud

    13 de Agosto del 2019 - Código tributario

    El Ministerio de Trabajo publicó una norma que simplifica el procedimiento de devolución por pago de subsidios que realizan las empresas en Essalud, como en el caso de incapacidad para el trabajo, maternidad, entre otros.

    El Ejecutivo publicó el nuevo reglamento de Reconocimiento y Pago de Prestaciones Económicas de Essalud, que simplifica los procedimientos para el reembolso que realizan las empresas por los subsidios que pagan por enfermedad, maternidad, entre otros.

    Así, se simplifican procedimientos caracterizados por múltiples formularios sin plazos mínimos de atención, que dificultaban este servicio del Estado.

    Por ejemplo, se establece que el procedimiento de reembolso no demorará más de 15 días hábiles, y se incorporan como causa de suspensión para solicitar el reembolso aquellas no imputables al asegurado (huelga, entre otras).

    El plazo para solicitare] reembolso caduca a los seis meses, los errores en el trámite de mismo Essalud, ocasionaban que el trámite excediera ese plazo y provocaba que las empresas perdieran el derecho al pago del reembolso.

    Casos de pago doble

    También el reglamento precisa que si un trabajador tiene más de un empleador que realiza el pago de aportes a la seguridad en salud, tendrá derecho a cobrar los subsidios por enfermedad y maternidad por cada empresa, si fuera el caso, de manera independiente.

    A veces en estos casos Essalud alega incompatibilidad y no realizaba alguno_o ninguno de los pagos del reembolso.

    Además se crea un procedimiento para realizar pagos parciales cuando exista una concurrencia entre los días de subsidio por enfermedad y por maternidad.

    En estos casos, Essalud notificará a] solicitante (empleador o trabajador asegurado), el que en siete hábiles deberá modificar la declaración del empleador de días laborados, o que demuestren que el asegurado no laboró.

    Si la subsanación se realiza en el plazo, se otorga el subsidio en su totalidad; de lo contrario, se pagará por los días de no concurrencia y se denegará proporcionalmente a los días de la concurrencia.

    https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-aprueba-el-reglamento-de-reconocimiento-decreto-supremo-n-013-2019-tr-1796455-1/

    EN ENFERMEDAD

    Cuándo termina el beneficio

    En los casos de enfermedad, los primeros 20 días son asumidos por el empleador, y a partir del vigésimo primer día tendrá derecho al reembolso de Essalud, hasta once meses y diez días consecutivos en cada caso de enfermedad, si no realiza trabajo remunerado.

    Este subsidio se extingue por cese del trabajador, cuando recupera su estado de salud, con la emisión de un informe médico que determine que la incapacidad para el trabajo es no temporal, o cuando el trabajador realiza una labor remunerada durante el periodo de subsidio.

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